Amigo contribuyente se acerca la fecha para la declaración y pago del IGP, pero no se desanime ni se estrese por ello, en este post le dare ciertas nociones de lo que ello implica
¿QUÉ ES?
Aunque la Ley Constitucional que crea el impuesto a los grandes
patrimonios fue publicada en julio de 2019 según Gaceta Oficial N° 41.667, tal
vez sea un tema nuevo para aquellos contribuyentes que han sido calificados
como Sujeto Pasivo Especial (SPE) este año. En este sentido daré una breve definición
de lo que es este impuesto:
El Impuesto
a los Grandes Patrimonios (IGP) es un tributo anual que grava la totalidad del patrimonio neto (activos menos los pasivos) de las personas
naturales y jurídicas calificadas por la administración tributaria como
SPE
ASPECTOS
RELEVANTES
Una cosa interesante sobre este impuesto es que grava la posesión y uso de los activos, por
ejemplo, si el activo no es de la empresa, por ejemplo, un vehículo, pero la
empresa lo usa para el trasporte de su mercancía y el dueño del vehículo no es
SPE, le tocara a la empresa declararlo como parte de sus activos.
Cabe mencionar que la administración tributaria no ha fijado
los criterios sobre este aspecto de forma oficial, pero en las charlas a las
que asistí en año pasado en el Seniat, esa fue la información que los fiscales
indicaron
Estan sujetos a la declaracion y pago este impuesto los SPE cuyo patrimonio neto sea como menciona
Personas naturales: 36.000.000 U.T.
Personas jurídicas 100.000.000 U.T.
PERIODO PARA
LA DECLARACION Y PAGO
Este será según
el calendario fiscal que publique la administración tributaria, para el periodo
2020 este es el calendario publicado:
|
Numero
de RIF |
Día de Octubre |
Día de Noviembre |
|
1 y 2 |
15 |
11 |
|
0 y 5 |
15 |
12 |
|
4 y 8 |
16 |
13 |
|
3 y 7 |
20 |
17 |
|
6 y 9 |
21 |
18 |
Nota: este calendario podría estar sujeto a modificaciones a
razón de los planes de armonización tributaria que el ejecutivo está tomando.
